Situación
Solo quienes esten exitosamente registrados en el REPROCANN estarán autorizados a cultivar:
Hasta un máximo de 9 plantas en floración
En hasta un máximo de 6 metros cuadrados cultivados
IMPORTANTE: Cuando el usuario firma el "Consentimiento Informado Bilateral", acepta recibir en cualquier momento, sin necesidad de previo aviso, inspecciones por parte de la autoridad estatal pertinente, a fin de constatar el cumplimiento del tratamiento prescripto.
Si no encontras la situación que estas buscando, contanos tu problema e intentaremos resolverlo para quede disponible para todos los usuarios de SimpLex.