Situación

¿Cuánto me corresponde por vacaciones si trabajo como personal sin retiro?

Respuesta

Cuando las vacaciones sean tomadas fuera del lugar de trabajo (ya sea por decisión propia o del empleador), te corresponde cobrar por adelantado:

  • El equivalente en dinero al valor de la manutención y vivienda (comidas y otros gastos).

El mismo no puede ser menor al 30% del salario diario.

Sustento legal

Ley 26.844 (Empleo doméstico)

Artículo 32

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