Situación

¿Es obligatorio ceder el asiento a personas con discapacidad o ancianas en el colectivo/subte/tren?

Respuesta

Sí, los pasajeros deben ceder el asiento a personas ancianas, embarazadas, o discapacitadas o con movilidad reducida.

Sustento legal

Ley 2148 (Código de Tránsito CABA)

Art. 9.2.2

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