Situación

¿Pueden contratarme temporalmente?

Respuesta

Sí. Los contratos temporales están permitidos, siempre y cuando:

  • Se fije expresamente y por escrito su duración
  • O surja de la naturaleza del trabajo que no pueda ser por tiempo indeterminado

Cualquier otro contrato de trabajo se presume por tiempo indeterminado.

Sustento legal

Ley 20.744 - Regimen de Contrato de Trabajo

Articulo 2

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