Situación

¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la categoría a la que me pasó la AFIP?

Respuesta

Tenés 15 días contados a partir de la publicación de tu nueva categoría en el Boletín Oficial o desde que te notificaron a tu domicilio fiscal electrónico, lo que ocurra más tarde, para presentar un recurso de apelación.

El mismo lo podés hacer desde la página web de AFIP, accediendo con tu clave fiscal al servicio “Monotributo – Recategorización de Oficio - (MOREO)”.

Sustento legal

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