Situación

¿Se puede cobrar "servicio de mesa" o "cubiertos"?

Respuesta

Sí, siempre y cuando te proporcionen (sin otro recargo) los siguientes productos:

  1. Un mínimo de 250 centímetros cúbicos de agua apta para el consumo, por persona
  2. Un producto de panera apto para celíacos o libre de gluten
  3. Sal modificada, libre de sodio como opción a la sal tradicional
  4. Pan tradicional y/o dietético a elección del cliente

Sustento legal

Ley Nº 4407/12 (CABA)

Artículo 1

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