Situación

Si estoy a prueba, ¿mi empleador debe pagar aportes?

Respuesta

Sí, durante el periodo a prueba (que no puede exceder de tres meses) tu empleador deberá registrarte y pagar los aportes correspondientes.

A su vez, el periodo a prueba se considera como tiempo de servicio a los efectos de la jubilación.

Sustento legal

Ley 20.744 - Regimen de Contrato de Trabajo

Artículo 92 bis inc. 5 y 7

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