Situación
Todos los bienes que hayas adquirido con el dinero de tu sueldo por el trabajo que hayas ejercido durante tu matrimonio corresponden en un 50% a tu cónyuge a la hora del divorcio, ya que se los considera gananciales.
En caso de que el dinero provenga de una herencia, legado o donación, o la venta de un bien que ya era de tu propiedad a la hora del matrimonio sí será 100% propio a la hora del divorcio.
Esto no afecta a la titularidad del bien, por ejemplo: si compraste un auto con el dinero de tu sueldo y está a tu nombre, seguís como titular del auto, aunque luego en el divorcio a tu cónyuge le corresponda el 50% del valor del mismo.
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